lunes, 27 de junio de 2011

Recursos Hidricos

La precordillera sanjuanina está atravesada de oeste a este por ríos pertenecientes al sistema del río Desaguadero destacándose los ríos Jáchal y San Juan, los que forman valles o oasis centrales fluviales de gran importancia económica y se los embalsa con el sentido de abastecer a la población o para la generación de electricidad. También se destaca el Río de los Patos, por su considerable caudal en verano.
En el extremo sudeste, están la lagunas de Guanacache (o de Huanacache), donde desemboca el río San Juan, uno de los recursos hídricos más importantes de la región geográfica de Cuyo por su riqueza en flora y fauna.
Por otro lado el río Huaco, en el departamento Jáchal y el río Valle Fértil, en el departamento que lleva el mismo nombre, son también de gran importancia para los sanjuaninos. La provincia cuenta además con varios arroyos que son cursos de montaña de fuerte pendiente. Entre los más importantes pueden nombrarse el arroyo de Agua Negra, el de Agua Blanca, el arroyo Iglesia, el de Ojos de Agua, Las Hornillas y el arroyo Los Tapones, entre otros. También se destacan importantes obras que permiten el embalsado de ríos

Rio San Juan en la Quebrada de Ullum

 

sábado, 25 de junio de 2011

CLIMA

San Juan posee un clima con una elevada continentalidad, es decir que no posee influencia oceánica, es seco, de escasas precipitaciones. El clima influye en los sistemas de modelado, en los regímenes fluviales, en los tipos de suelos y en las formaciones vegetales. Por ejemplo, las precipitaciones de tipo nívia se dan a las alta montaña y líquida en resto del territorio, con una importante amplitud térmica, anual y diaria, siendo la misma la más elevada de la Argentina. Una particularidad de la provincia es la presencia de un viento local, el Zonda. Un viento muy cálido y seco que sopla desde el oeste, es cálido y seco debido al "efecto Föhn" extremado por adiabasis- que sufre al atravesar las elevadas cordilleras de los Andes, ya que aquí se encuentran algunos de los picos más elevados del Hemisferio Occidental.
Las zonas de la precordillera, las "travesías" y Sierras Pampeanas en San Juan, tienen por lo general (en el siglo XX) un clima árido de sierras y campos, con oasis de riego.El clima presenta una gran amplitud térmica, dado que en invierno se alcanzan temperaturas que pueden alcanzar los cinco grados bajo cero y en verano las temperaturas máximas superan los cuarenta grados.

jueves, 16 de junio de 2011

RELIEVE

La provincia de San Juan se encuentra al oeste de la República Argentina, centrada en la intersección del paralelo de 31 grados de latitud sur y el meridiano de 69 grados de longitud oeste, integra la región geográfica de Cuyo.
Por el oeste discurre la Cordillera de los Andes, que comprende tres secciones: La Cordillera Principal u Occidental, divisoria de aguas y límite con Chile, presenta nieves eternas a partir de los 5.500 msnm y pasos cordilleranos solo transitables en verano. El pico más alto es el cerro Mercedario de 6.770 msnm.
La Cordillera Frontal u Oriental, menos elevada que la 1º, está compuesta por numerosos cordones independientes como el de San Guillermo, el de Colangüil y el de Ansilta.
La Precordillera, separada de la Cordillera Frontal por los Valles Altos (Llanos de San Guillermo, Valle de Iglesia, Pampa de los Avestruces, Valle de Calingasta y Pampa del Leoncito), constituye una barrera que solo los ríos Jáchal y San Juan logran atravesar. Comprende varios cordones discontinuos con alturas mayores a los 4.000 metros de altura entre los que se destacan las sierras de la Punilla, del Volcán, Negra, de la Invernada y la del Tontal. La zona de la precordillera es uno de los lugares del país con mayor frecuencia de movimientos sísmicos. Hacia el este de la Precordillera se encuentran los Valles Bajos (Jáchal, Ullum, Zonda y Tulúm, todos convertidos en grandes oasis irrigados por ríos permanentes de escaso caudal, causa por el cual deben ser embalsados para la construcción de canales en forma artificial), separados de las Travesías Cuyanas por cordones serranos aislados como las sierras Chica de Zonda, de Marquesado, de Villicum y de Mogna, entre otras.
Al este de la provincia se encuentran las denominadas Travesías Cuyanas, vastos llanos casi sin agua superficial y con arenales solo interrumpidos por vegetación xerófila. Son depresiones geológicas rellenadas con los sedimentos provenientes de los Andes, atravesadas por los ríos Bermejo, Jáchal y San Juan y en los que emergen cordones serranos aislados pertenecientes al sistema de las Sierras Pampeanas: las sierras del Valle Fértil, de la Huerta y de Pie de Palo
 
 

LOCALIZACION

La provincia de San Juan se encuentra ubicada al sur del continente, América, formando parte del país, Argentina, en el centro oeste de dicho territorio, en la parte oriental de la Cordillera de los Andes.
Sus límites están determinados e forma natural, por cordones montañosos y un río o en algunas oportunidades en forma artificial, por paralelos y meridianos. Sus puntos extremos son:
  • En el extremo septentrional está en el cerro El Potro en el límite con Chile. 28°23′00″S 69°40′00″O / -28.383333, -69.666667
  • El extremo oriental se encuentra en la Pampa de las Salinas donde concurren los límites de las provincia de La Rioja y San Luis.31°53′00″S 66°43′00″O / -31.883333, -66.716667
  • Al sur el punto extremo se halla próximo al Portillo del Cuerno.32°37′00″S 70°04′00″O / -32.616667, -70.066667
  • Al extremo occidental se encuentra al sudoeste del Paso de los Piuquenes en el límite con Chile. 31°29′00″S 70°35′00″O

lunes, 6 de junio de 2011

Organizacion territorial

La provincia está dividida en 19 departamentos. La Constitución que rige la provincia fue sancionada en 1986. En San Juan departamentos y municipios corresponden a la misma entidad, estos se remontan a los cabidos, que marcaron la vida institucional de América cuando estaba bajo el dominio español, luego de la Revolución de Mayo comenzaron a desaparcer y en San Juan dejaron de existir en 1821.
En 1824, el gobernador Martín Yanzón organizó el territorio de esta provincia en dos departamentos, el "departamento del Norte" y el "departamento del Sur", con tres barrios cada uno. Más tarde, un regimiento de irrigación de 1851 dividió a San Juan en secciones territoriales, cada una de ellas dirigidas por una junta de irrigación.
La primera constitución provincial de 1856 previa una organización en departamentos y estos en distritos; pero en 1909 se terminaron de fijar con mayor precisión los límites, cabeceras y sus respectivos nombres. Leyes posteriores realizaron modificaciones en esta materia, pero hasta 1942 no se definio el actual trazado en 19 departamentos.

DEPARTAMENTOS :
Albardón, Angaco, Calingasta, Capita, Caucete, Chimbas, Iglesia, Jáchal, 9 de Julio, Pocito, Rawson, Rivadavia, San Martin, Santa Lucia, Sarmiento, Ullum, Valle fertil, 25 de Mayo y Zonda

Gobiernos municipales

En artículo 239º de la constitución provincial se establece que Todo centro poblacional de más de dos mil habitantes dentro del ejido (provincia), puede constituir municipio, que será gobernado por un intendente, cuyos requisitos para serlo lo establece la dicha cosntitución, las cartas municipales y de la Ley Orgánica que en su consecuencia dicte el Poder Ejecutivo.
Según el lo redactado en el artículo 240º, los Municipios serán de tres categorías, a saber:
1) Los Municipios de “primera categoría”: Las ciudades de más de treinta mil (30.000) habitantes;
2) Los Municipios de “segunda categoría”: Las ciudades de más de diez mil (10.000) habitantes.
3) Los Municipios de “tercera categoría”: Las ciudades, villas o pueblos de más de dos mil (2.000) habitantes.
Los censos oficiales nacionales o provinciales legalmente practicados, determinarán la categoría de cada Municipio.

miércoles, 1 de junio de 2011

Ministerios

En la cosnstitución de San Juan en el artículo 191º se establece que el despacho de los negocios administrativos de la Provincia está a cargo de los Ministros designados por el Gobernador cuyo número no será inferior a cinco. Una ley cuya iniciativa es exclusiva del Poder Ejecutivo, determinará el número, rama y funciones. En el artículo 195º se ratifica que el Ministro (a cargo del ministerio) refrenda y legaliza con su firma las resoluciones del Gobernador, sin la cual no tendrán efecto ni se les dará cumplimiento. Es así solidariamente responsable de los actos que realice con el Gobernador. Sólo puede resolver por sí mismo en lo referente a asuntos internos y disciplinarios en sus respectivos departamentos y dictar providencia de trámites. Es responsable de todas las resoluciones y órdenes que autorice y solidariamente de lo que resuelva con sus pares, sin que pueda eximirse de responsabilidad por haber procedido en virtud de órdenes del Gobernador.
El gobierno de San Juan posee los siguientes ministerios:
  • de Desarrollo Humano y Promoción Social
  • de Educación
  • de Hacienda y Finanza
  • de Producción y desarrollo Económico
  • de Salud Pública
  • de Turismo y Cultura
  • de Minería
  • de Infraestructura y Tecnología
y las siguientes Secretarías
  • de la Gobernación
  • de Medio Ambiente


          Edificio del Centro Cívico de San Juan,
          sede de la mayoria de de los ministerios.

Poder Judicial

Según lo dictaminado por el artículo 179º de la Costitución provincial el Poder Judicial de la Provincia es desempeñado por una Corte de Justicia, Cámaras, Jueces y Jueces de Paz Letrados y demás tribunales que la ley establezca. A vez, citando el artículo 198º, tiene todo el imperio necesario para mantener su inviolabilidad e independencia ante los otros poderes del Estado. En el artículo 201º, se menciona, que la la Corte de Justicia está integrada por cinco miembros, como mínimo, y se divide en salas; solamente por ley podrá aumentarse el número, que siempre deberá ser impar. La Presidencia del cuerpo es desempeñada anualmente y por turno, por cada uno de sus miembros, comenzando por el de mayor edad.
En el artículo 213º dispone que el Poder Judicial dispone de la fuerza pública necesaria para el cumplimiento de sus funciones. La Corte de justicia organiza la Policía Judicial, de acuerdo a lo impuesto por dicha Constitución y la ley; esta Policía es de su exclusiva dependencia.
El Jurado de Enjuiciamiento está integrado con un miembro de la Corte de Justicia designado por sorteo por ella; dos diputados elegidos por la Cámara y dos abogados de la matrícula elegidos de la misma manera en que se eligen los que integran el Concejo de la Magistratura y que reúnan las condiciones para ser miembros de la Corte, con la antelación suficiente para que esté en condiciones de constituirse a partir del primer día de Enero de cada año, establecido en el artículo 230º.